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	<title>Comentarios en: El peligro de las redes sociales</title>
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	<description>Documentos técnicos, soluciones a problemas, cuaderno de bitácora, fotografías...</description>
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		<title>Por: Jonathan Echeverria</title>
		<link>http://www.jonathanecheverria.com/2008/11/22/el-peligro-de-las-redes-sociales/comment-page-1#comment-82</link>
		<dc:creator>Jonathan Echeverria</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 13 Feb 2009 09:46:13 +0000</pubDate>
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		<description>Así es, no se puede hacer ningún tipo de control sobre las fotos que suben otras personas de ti. Pero al final, yo creo que es lo mismo que si alguien coge tu foto, hace fotocopias y las pega por las paredes del barrio. ¿Es legal?¿Es denunciable? Podrá ser anti-moral, pero a no ser que la foto atente contra el derecho a la privacidad, no podría ser denunciable.

En España, el artículo 18 de la Constitución garantiza el derecho a la intimidad y el secreto de las comunicaciones, y abre la posibilidad de que la Ley limite el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos. Esta intimidad a la que hace referencia nuestra Constitución tiene varias facetas:
- Intimidad domiciliaria.
- Intimidad informática.
- Intimidad de la vida privada.
- Secreto de las telecomunicaciones.

Si tu crees que un usuario ha subido una foto tuya que atenta contra este derecho de la intimidad lo puedes denunciar, a tuenti, o por via judicial.

Saludos,</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Así es, no se puede hacer ningún tipo de control sobre las fotos que suben otras personas de ti. Pero al final, yo creo que es lo mismo que si alguien coge tu foto, hace fotocopias y las pega por las paredes del barrio. ¿Es legal?¿Es denunciable? Podrá ser anti-moral, pero a no ser que la foto atente contra el derecho a la privacidad, no podría ser denunciable.</p>
<p>En España, el artículo 18 de la Constitución garantiza el derecho a la intimidad y el secreto de las comunicaciones, y abre la posibilidad de que la Ley limite el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos. Esta intimidad a la que hace referencia nuestra Constitución tiene varias facetas:<br />
- Intimidad domiciliaria.<br />
- Intimidad informática.<br />
- Intimidad de la vida privada.<br />
- Secreto de las telecomunicaciones.</p>
<p>Si tu crees que un usuario ha subido una foto tuya que atenta contra este derecho de la intimidad lo puedes denunciar, a tuenti, o por via judicial.</p>
<p>Saludos,</p>
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		<title>Por: m@</title>
		<link>http://www.jonathanecheverria.com/2008/11/22/el-peligro-de-las-redes-sociales/comment-page-1#comment-81</link>
		<dc:creator>m@</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 13 Feb 2009 09:07:33 +0000</pubDate>
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		<description>Una cosa es cuando tu te creas una cuenta en una de esas redes sociales y tú decides subir una foto u otra, según la elección. Pero me pregunto.. ¿qué hay de legal cuando otros usuarios suben fotos tuyas sin tu consentimiento? tuenti por ejemplo, si no son fotos &quot;denunciables&quot; no se hace cargo. Pero esto no debería ser así, no creen?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Una cosa es cuando tu te creas una cuenta en una de esas redes sociales y tú decides subir una foto u otra, según la elección. Pero me pregunto.. ¿qué hay de legal cuando otros usuarios suben fotos tuyas sin tu consentimiento? tuenti por ejemplo, si no son fotos &#8220;denunciables&#8221; no se hace cargo. Pero esto no debería ser así, no creen?</p>
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